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¿Es posible realizar promoción de medicamentos de prescripción a profesionales sanitarios antes de la obtención de la decisión de precio y reembolso del Ministerio de Sanidad?
En fecha 30 de junio de 2021 ha sido dictada sentencia del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco, que resuelve el recurso interpuesto por Farmaindustria contra la Orden de fecha 10 de febrero de 2020 del departamento de Salud de la Administración Autonómica del País Vasco, mediante la que se regula la visita médica de los delegados de la industria farmacéutica y representantes de fabricantes, distribuidores o comercializadores de productos y tecnologías sanitarias en las organizaciones de servicios sanitarios del sistema sanitario de Euskadi. La Sentencia ha resultado de gran relevancia por cuanto se pronuncia sobre la admisibilidad de poder realizar promoción de medicamentos de prescripción dirigida a profesionales sanitarios aunque aún no se haya emitido una decisión sobre su posible financiación por el Sistema Nacional de Salud ni se haya fijado su precio con conclusiones que vienen a establecer una interpretación distinta a la que venían sosteniendo hasta el momento las autoridades competentes.