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La inminente aplicación del Reglamento UE 2016/679 de Datos Personales (en adelante, el “Reglamento”), el próximo 25 de mayo, va a exigir a todos los partícipes y agentes en el sector farmacéutico un esfuerzo notable de adaptación y plantea cuestiones determinantes en aspectos tan relevantes como la forma de recabar el consentimiento y el análisis de los riesgos derivados del tratamiento de los datos personales.
Concretamente, y en lo que se refiere a los tratamientos de datos en el marco de ensayos clínicos e investigación biomédica, dicho Reglamento introduce el concepto de seudonimización, que podría resultar de aplicación a los tratamientos de datos que el laboratorio promotor del ensayo o la compañía responsable de la investigación –y sus entidades colaboradoras– realicen durante la ejecución de la correspondiente investigación o estudio clínico.