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Las medidas comunitarias para prevenir la entrada de medicamentos de uso humano falsificados en la cadena de suministro legal supondrán cambios de adaptación en los agentes de la cadena y en las administraciones que posiblemente trasciendan el objetivo de la propia regulación, dadas las posibilidades de los sistemas de verificación
La Directiva 2001/83/CE modificada [1], en adelante, la Directiva, establece medidas para prevenir la entrada de medicamentos falsificados en la cadena de suministro legal. Para ello, regula la incorporación de lo que denomina dispositivos de seguridad, que consisten en un identificador único y un dispositivo contra manipulaciones que deberán estar en el embalaje exterior de determinados medicamentos de uso humano para permitir su correcta identificación y verificar que se trata de medicamentos genuinos.