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En este artículo, el autor expone los esquemas de acceso al mercado de nuevos medicamentos en un entorno en el que los recursos son limitados, y el financiador público necesita elegir la alternativa con mejor resultado en función del coste
Hasta los inicios del siglo XXI las garantías exigibles a un medicamento se restringían a tres: CALIDAD, SEGURIDAD y EFICACIA. Por tanto, se aplicaba el concepto, “la salud no tiene precio” y bajo esta premisa era admisible la aplicación de una nueva tecnología que hubiese demostrado, mediante ensayos controlados, que era segura y eficaz en las condiciones ideales de aplicación (ensayo clínico pivotal) en la indicación clínica a la que se dirigía. La denominada “medicina basada en la evidencia” era suficiente atributo como para justificar la introducción de una molécula [1].